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MAYORES MASCULINO Y FEMENINO
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1 – DE LAS TEMPORADAS Y TORNEOS
Art. 1: En todos los torneos, la tabla de posiciones será llevada sobre la base del siguiente puntaje:
2 puntos para el partido ganado.
1 punto para el partido perdido.
0 punto para el partido perdido por infracción (forfait)
Art. 2: En cada temporada, la A.S.B.A. organizará no menos de dos torneos, en la modalidad Lanzamiento Rápido (LR), en todas las categorías y divisiones que reconoce., uno de los cuales es el Torneo OFICIAL A.S.B.A.
Art. 3: En el caso de que un menor de 16 años desee intervenir en la división de mayores, se deberá pedir autorización a la A.S.B.A., por la temporada, la cual deberá estar firmada por el padre o tutor siendo la Comisión Técnica y el Árbitro designado quienes dictaminarán la conveniencia de la aceptación. De no cumplir con este requisito será declarado forfait arancelado al equipo infractor.
Art. 4: Las instituciones podrán inscribir la cantidad de equipos que deseen por División, las que se identificarán como equipo A, B, C, etc. Compitiendo en la misma igualdad de condiciones. En caso de retirarse de un torneo, los jugadores quedan inhabilitados de jugar hasta la conclusión del mismo.
En el 1º partido (FECHA) del campeonato indefectiblemente deben enfrentarse los equipos de la misma Institución. Si son dos o más zonas serán incluidas en distintas zonas.
Art. 5: Al momento de la inscripción las instituciones deberán disponer para toda la temporada de campo de juego con instalaciones propias o facilitadas por otra entidad, que deberán ser aprobadas por la A.S.B.A. Cuando a la fecha de inscripción no cuente con el campo de juego, deberá jugar sus partidos de local en la cancha de su contrario, o la que fije la A.S.B.A., hasta tanto pueda regularizar su situación.
En todos los casos, campo propio, alquilado o prestado, el club local será responsable de la disponibilidad del mismo a riesgo de ser declarado perdedor por infracción.
Aquellas instituciones que hayan fijado una cancha como locales y luego por cualquier motivo no puedan usarla por razones de fuerza mayor debidamente acreditadas, serán autorizadas a un cambio de cancha, debiendo efectuar dicho requerimiento el lunes anterior a la realización del encuentro.
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2 – DE LOS PARTIDOS
Art. 6: La duración de los partidos será la siguiente:
MAYORES: Se disputarán a 7 (siete) innings en forma normal a 3 (tres) outs.
En los torneos de mayores de Lanzamiento Rápido una diferencia de, 10 (diez) en el 3° inning, 8 (ocho) en el cuarto inning o 6 (seis) a partir del 5° inning significará declarar partido legalmente terminado.
Esta diferencia se puede dar cuando el segundo equipo al bate alcance la misma o cuando en su turno no pudo descontar esa diferencia que tiene su rival esto es siempre al cerrar el inning.
Art. 7: En todos los casos en los cuales esté estipulada la duración máxima de tiempo para los partidos, no se iniciará un nuevo inning cuando falten 10 minutos.
Art. 8: Cuando en los partidos programados por tiempo se haya llegado a cumplir este, y el marcador esté igualado, deberán jugarse uno o más innings extras hasta desempatar, pero todos los innings que se inicien para desempatar se realizaran comenzando con corredor en 2° base. El corredor que ocupe esta base será el noveno bateador de la entrada en curso.
Art. 9: En todos los demás casos que los partidos finalicen empatados, a partir del 8° inning se comenzará con corredor en 2° base.
Art. 10: Los partidos que estén programados por tiempo, en los casos de suspensión por fuerza mayor y que no hayan llegado al 5° inning de juego, se considerarán partidos legales si se han disputado 65 minutos en el caso de los partidos a 1 ½ (una y media) horas y 85 minutos en los de 2 (dos) horas.
En caso de no estar las luces del campo de juego prendidas en su totalidad, la única autoridad para decidir la continuación o suspensión de un partido con luz artificial es el Árbitro del mismo.
Art. 11: No habiendo un partido llegado al 5º inning, pero estando comprendido en lo estipulado en el artículo anterior, se definirá el mismo según el Reglamento FIS
Art. 12: En todas las categorías, es obligatorio el uso de cascos, tanto el catcher, el bateador, el corredor y el bateador prevenido. El equipo que así no lo hiciera será declarado partido perdido por forfait no arancelado.
Nota: En las categorías de mayores, tanto femenino como masculino, se podrá utilizar el llamado “corredor de cortesía” para el receptor cuando hayan dos out y el mismo se encuentre en base. Esto será optativo, no obligatorio y deberá entrar a correr por el receptor quien se haya decretado como segundo out de la entrada.
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3 –DE LA FORMA DE DISPUTA
A.S.B.A. podrá programar partidos de cualquier categoría indistintamente en feriados, sábados y domingos, días de semana nocturno (en caso de que haya disponibilidad de campo) u otra fecha conveniente. A.S.B.A. no programara fecha en el día de la madre ni del padre a excepción que los equipos estén de acuerdo en jugar esa fecha.
Art. 13: Las fechas programadas podrán ser suspendidas a pedido de los participantes bajo las siguientes condiciones:
a) El pedido debe presentarse por escrito con una antelación de por lo menos 13 (trece) días corridos de la fecha en la que está programado el partido.
b) La institución solicitante deberá contar con la aprobación del equipo rival, conformidad que debe constar firmada en la nota a presentar.
c) Los equipos involucrados deberán proponer en la solicitud una fecha y horario alternativo para el cumplimiento del partido.
d) Los partidos suspendidos deberán jugarse antes de la fecha inicialmente programada por A.S.B.A. para el cumplimiento de los Play-off o antes del último partido en las divisiones que se definan por suma de puntos.
e) Si la fecha reprogramada no pudiese cumplirse dentro de los plazos previstos y resultase imposible una nueva reprogramación, se le dará por perdido el partido, con cero puntos, al equipo solicitante. El resultado quedará 7 a 0 a favor del equipo rival.
f) Solo podrá solicitarse 1 (una) fecha por año calendario y por equipo.
Art. 14: El equipo local deberá entregar al juez 15 minutos antes de la hora programada para la iniciación del partido:
a) 1 planilla oficial de juego.
b) Line-up oficial en original y 2 copias debidamente cumplimentado.
c) Arancel arbitral según la categoría del árbitro presente en el campo de juego, sea designado por A.S.B.A. o categoría del Jugador-arbitro.
Nota: El no pago del arancel arbitral en el momento de la entrega de los line ups darán al árbitro una espera de 10 minutos para recibir el mismo, de no producirse el pago dentro del tiempo establecido de espera, el árbitro dejara asentado en planilla dicha anomalía y el equivalente a 5 aranceles deberán ser abonados en concepto de multa por el equipo infractor dentro de los próximos 5 días. Tres aranceles quedarán para la A.S.B.A. y dos para el árbitro que deberá trasladarse hasta la A.S.B.A. a retirar el pago. De no producirse el pago dentro del tiempo establecido de cinco días, el equipo infractor no podrá sumar puntos en los próximos encuentros de ese torneo o de ser el último juego, en los próximos torneos que juegue hasta que regularice su situación sumándole la deuda a la institución y al equipo que representa.
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4– PELOTAS DE JUEGO
Reserva Masculino: Pelotas con 12 (doce) pulgadas.
que deberán tener un CDR de 47 o menos y lbs comprensión.
Reserva Femenino: Pelotas con 12 (doce) pulgadas.
que deberán tener un CDR de 47 o menos y 375 lbs comprensión.
Mayores Masculino: Pelotas con 12 (doce) pulgadas.
que deberán tener un CDR de 47 o menos y 375 lbs comprensión.
Mayores Femenino: Pelotas con 12 (doce) pulgadas.
que deberán tener un CDR de 47 o menos y 375 lbs comprensión.
Sanción: La no colocación de pelotas oficiales o presentación de pelotas ilegales de juego, darán por decretado un forfait arancelado al equipo infractor.
Nota: En todos los casos las pelotas oficiales de A.S.B.A. serán de la marca South y solo el masculino mayor podrá jugar con el modelo SB-12-E6.
Art. 15: Podrán actuar como participantes en los partidos organizados por la A.S.B.A. todas las personas que así lo deseen, en cuanto reúnan los requisitos estatutarios de la A.S.B.A. y del presente Reglamento, y todas aquellas incorporaciones que sean aprobadas en un futuro.
Art. 16: La A.S.B.A. Reconoce las siguientes categorías de participantes: Árbitros, Planillero, Técnicos, Consejeros, Jugadores y Prensa, las cuales son las únicas personas habilitadas para estar dentro del campo de juego.
Art. 17: El técnico podrá formular una protesta por escrito de acuerdo a las reglas de la F.I.S. y el presente reglamento.
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5 – DE LOS JUGADORES
Art. 18: Los jugadores tienen las siguientes categorías:
a) Habilitados.
b) Invitados.
c) Libres.
d) En préstamo.
e) En préstamo por desarrollo institucional.
JUGADOR HABILITADO
Art. 19: Habilitados son los que posean su carnet como jugador de la A.S.B.A. con el cupón habilitante del año en curso.
JUGADOR INVITADO
Art. 20: Invitado son los jugadores pertenecientes a otra Organización de Softbol a cualquier nivel. Para poder participar como invitado en torneos organizados por la A.S.B.A. se requiere autorización escrita (en original) de la Organización de la cual proviene, la cual será presentada en la A.S.B.A. en fecha anterior a la disputa del partido conjuntamente con la planilla de habilitación, antes de la 2da. Fecha.LA valides del jugador que es habilitado como invitado por su asociación y/o liga de origen que se realice por medio de mail o fax tendrá valides hasta la 3º fecha programada del torneo.
Art. 21: Los jugadores Invitados para poder disputar finales, deberán haber estado presentes en por lo menos el 50% de las fechas programadas en ese torneo, debiendo dicho jugador firmar ante el juez del partido la planilla en observaciones para contabilizar su presencia, en todo lo demás es considerado como un jugador habilitado.
La firma es a los efectos del porcentaje y su omisión no es considerada infracción.
Los partidos que por causa de fuerza mayor fueran suspendidos, se tomarán como fechas jugadas, por consiguiente se computará a los fines del porcentaje, pero deberá firmar el invitado en la cancha.
En su carnet figurará con el rótulo de INVITADO.
JUGADOR LIBRE
Art. 22: Libre es el jugador que sin contar la temporada actual, tiene una temporada integra sin jugar. Este jugador puede habilitarse en cualquier momento de la temporada, sin importar que el libro de pases esté habilitado o no.
En caso que la Institución a la cual pertenezca el jugador no presente la categoría en el Torneo Oficial, el jugador es considerado Libre, salvo que presente la categoría inmediata superior.
En caso de cerrar la institución (por quiebra u otros motivos legales) los jugadores automáticamente quedarán libres, pero solo podrán jugar por otra.
JUGADOR EN PRESTAMO
Art. 23: En préstamo son aquellos jugadores que estando de acuerdo ambas instituciones, la que cede y recibe, jugarán en ésta última por el término de una temporada, pudiendo al término del período, efectuar el pase de acuerdo al reglamento vigente. Dicha operación deberá ser autorizada por el C.D. de la A.S.B.A., siempre y cuando la Institución receptora se encuentre en formación.
JUGADOR EN PRESTAMO POR DESARROLLO INSTITUCIONAL
Art. 24: En préstamo por desarrollo institucional (PDI) son aquellos jugadores que estando de acuerdo ambas Instituciones, la que cede y recibe, podrán jugar en esta última en todas las divisiones que no presente la Cediente en los torneos de la A.S.B.A.
El préstamo será por el término de hasta un máximo de 2 (dos) temporadas. Cumplido dicho período, si la Institución cediente no presentare la división (que le corresponde al jugador) en el Torneo Oficial, el jugador es considerado libre, salvo que presente la categoría inmediata superior.
La Institución cediente deberá habilitar al jugador pagando el arancel correspondiente y notificará por escrito a la A.S.B.A. de la cesión a préstamo informando cual será la Institución que recibe al jugador.
En caso de superponerse fechas u horarios de partidos entre las dos Instituciones, tendrá prioridad de uso la Institución cediente.
nstitución al cabo de la finalización del torneo que se estaba disputando.
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6 – DE LAS APELACIONES Y PROTESTAS
Art. 25: Una apelación puede ser realizada únicamente por el técnico
Art. 26: Cuando una apelación no tiene reconocimiento en primera instancia por el Árbitro actuante, el técnico puede intentar que se reconozcan sus derechos si la jugada es de las cuales el reglamento permite apelar. En este caso deberán reunirse el o los árbitros actuantes en el partido y ambos técnicos o consejeros, a los fines de hallar entre todos la solución correcta a la jugada planteada.
Art. 27: Si en la reunión mencionada en el artículo anterior, se llegara a una conclusión que revierta el fallo, este se tomará y se reanudará el juego con la decisión correcta. Si la decisión que se adopta en la reunión no satisface al apelante este podrá, bien declinar su apelación en el caso que considere que estaba errado, o podrá anunciar que sigue el juego bajo protesta.
Art. 28: En el caso de anunciar que seguirá el juego bajo protesta, antes de reanudar el mismo deberá escribir en el lugar de observaciones de la planilla la descripción de la jugada y el fallo que dan los árbitros. Esta descripción deberá ser firmada por el árbitro dando de tal forma validez a la descripción de la misma y por el técnico rival para su conocimiento. Si estos no están de acuerdo con la descripción realizada, deberán escribir como la apreciaron y firmar.
Art. 29: La protesta formal por escrito, en papel membretado de la institución, deberá ser ratificada ante la A.S.B.A., acompañando a la misma fotocopia del pago del arancel estipulado, en la primera reunión de la misma, posterior al partido, debiendo contemplar todos los datos solicitados en el Reglamento de la F.I.S. para que tenga validez.
Art. 30: La protesta se paga en efectivo, extendiendo el tesorero el recibo oficial correspondiente. Si la protesta es favorable se extenderá una Nota de Crédito (solo a los efectos de la registración contable de la salida del dinero) por el importe del valor de la protesta, el cual será reintegrado en efectivo al club.
Art. 31: En ese mismo día el árbitro interviniente deberá presentar ante la A.S.B.A. cual fue el criterio sustentado en la reunión para tomar la decisión.
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7– DE LAS SUSPENSIONES DE FECHAS
Art. 32: Cuando coincidente con una fecha hubiere mal tiempo, la fecha puede ser suspendida únicamente por la Subcomisión de Campeonatos. Esta suspensión podrá efectivizarse por teléfono y con una antelación de hasta 3 (tres) horas del horario programado, debiendo las instituciones comunicarse con los números que serán dados en el sorteo de cada torneo.
Art. 33: Las instituciones que tengan el campo de juego a 15 (quince) o más Km. deberán informar sobre mal tiempo con no menos de 3 (tres) horas de anticipación. Sus rivales y árbitros se comunicarán con el director de campeonatos según sea la categoría Masculina o femenina.
Art. 34: Los árbitros designados deberán en caso de mal tiempo confirmar la realización del partido asignado comunicándose con el director de campeonato según sea la categoría que deba arbitrar.
Art.35: En el caso de que la fecha no sea suspendida, el árbitro principal u otro designado que esté presente, determinará si el partido puede disputarse.
Art. 36: Corresponderá forfait al equipo que no esté presente para disputar el partido cuando no haya sido suspendido por la Subcomisión de Campeonatos, única autorizada para suspender el partido.
Art. 37: Al árbitro se le dará en todos los casos una tolerancia de 15 (quince) minutos.
Art. 38: Si habiéndose designado más de un árbitro y solo uno se hiciera presente, el mismo deberá hacerse cargo del partido desde home.
Art. 39: En el caso que ningún árbitro designado se hiciera presente, si en la cancha hubiera un árbitro reconocido, él podrá hacerse cargo del partido (sin ser obligación del presente). Si no hubiera un árbitro reconocido presente, ambos técnicos se reunirán para de común acuerdo designar 1 (uno) ó 2 (dos) árbitros para concretar el partido, debiendo aclarar esta situación en la planilla de juego antes de iniciarlo, con la correspondiente firma y aclaración de los dos técnicos. En caso de no haber acuerdo, la responsabilidad de arbitrar el partido recaerá sobre el equipo local. Caso contrario se le dará por perdido el partido al equipo local con el resultado de 7 a 0 (forfait administrativo).
Quien se hiciese cargo del partido como juez, tendrá los mismos derechos y obligaciones que un árbitro oficial.
Art. 40: Una vez iniciado el partido con un árbitro de home, el mismo no podrá ser reemplazado más que por manifiesta indisposición, esto cubre el caso que el árbitro designado se presentara luego de iniciado. En este último caso el árbitro que llega tarde, deberá sumarse como árbitro de base a los fines de evitar las penalidades que le pudiera corresponder, a no ser que ambos managers y árbitro se pongan de acuerdo para que asuma el puesto principal.
Art. 41: Cuando un partido deba suspenderse por causas climáticas, el juez está obligado a esperar 20 (veinte) minutos, si pasado dicho lapso no puede reanudarse, pero hay posibilidad , en su criterio, que dicha situación pueda revertirse , podrá esperar por un período de 10 (diez) minutos más antes de tomar la decisión de suspender definitivamente el partido.
Art. 42: Vencido el 2º (segundo) plazo, o el 1º (primero), sin pronóstico favorable el partido se suspenderá definitivamente, con el resultado que determine la aplicación del Reglamento FIS.
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8 – DE LAS CONDUCTAS ANTIDEPORTIVAS
Art. 43: Cuando uno de los integrantes de un equipo cometa faltas a la conducta deportiva, será sancionado por el árbitro con una amonestación, retiro o expulsión del campo de juego.
Art. 44:
La amonestación es una sanción leve que permite que el infractor siga permaneciendo dentro del campo de juego, y pueda cumplir cualquier tarea dentro del mismo.
El retiro es una falta más grave y el infractor no podrá seguir participando del encuentro en ninguna forma. El jugador retirado podrá permanecer en las instalaciones y ver el partido, pero no podrá estar dentro del campo de juego, bajo pena de ser declarado el partido perdido al equipo que represente.
El expulsado es la pena más grave que puede aplicarse y el infractor deberá retirarse a los vestuarios y bajo ninguna circunstancia podrá estar en las inmediaciones del campo de juego, bajo pena de ser declarado el partido perdido por infracción (forfait no arancelado) al equipo que representa.
Las sanciones (Amonestación, Retiro y/o Expulsión) deben ser asentadas en la planilla en el momento de producirse por el árbitro del encuentro, quién hará firmar al manager del equipo infractor como constancia de haberse notificado. La negación de firmar por parte del manager resultará un agravante.
Art. 45: El jugador que reúna 3 (tres) amonestaciones en la misma temporada deberá cumplir con 1 (una) fecha de suspensión, y a partir de ese momento cada segunda amonestación significará 1 (una) fecha de suspensión.
-Las amonestaciones caducan en la temporada.
-Se considerará una (1) fecha la programación de (1) una jornada de juego.
-En los play-off, se considera fecha de suspensión cada jornada de juego. Se entiende por jornada de juego todos los partidos programados.
-En Grand Prix se entiende por jornada de juego todos los partidos programados por cada día de juego que dure dicho torneo.
Art. 46: El jugador que reúna 2 (dos) retiros en la misma temporada deberá cumplir 1 (una) fecha de suspensión y a partir de ese momento cada nuevo retiro significará en forma automática 1 (una) fecha de suspensión.
Las fechas de suspensión son de cumplimiento efectivo y deberán cumplirse indefectiblemente en los torneos de las próximas temporadas.
Art. 47: El jugador que sea expulsado tendrá derecho a presentar el primer día de reunión de la A.S.B.A., a su expulsión, su descargo en forma escrita a máquina o letra de imprenta, o en su defecto vía fax o correo electrónico (solicitando aviso de recepción), carta con acuse de recibo o forma fehaciente consignando sus datos y firmada. Independientemente de ello deberá cumplir una suspensión provisoria de 1 (una) fecha mientras el Tribunal de Penas resuelve su situación, en caso de que se considere necesario el mismo será citado, por intermedio de su delegado, a comparecer ante el Tribunal de Penas.
Art. 48: Si el jugador es expulsado en un partido de la categoría menor o en la Reserva, aunque integre el plantel de la siguiente categoría, automáticamente no podrá participar de ningún otro encuentro en el fin de semana.
Art. 49: Las fechas de suspensión se cumplen cuando a su equipo y división se le programen partidos de las fechas normales de campeonato.
Art. 50: Las suspensiones son contra las personas y no contra la función que desempeñe el infractor en el momento de ser expulsado (técnico o jugador).
Si es expulsado no podrá desempeñarse ni como jugador ni como técnico ni podrá tener ningún otro tipo de participación dentro de los encuentros programados por la A.S.B.A.
Art. 51: Se llevará un registro de los jugadores que sean amonestados, retirados y/o expulsados y el mismo servirá de antecedentes para el Tribunal de Penas.
Art. 52: La A.S.B.A. reconoce la autoridad de los árbitros dentro del día que tiene asignada funciones, desde 1 (una) hora antes del inicio hasta 2 (dos) horas después de terminado el último juego programado.
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9 – DEL RETIRO DE EQUIPOS
Art. 53: Si un equipo se retira de un torneo programado a 1 (una) rueda en cualquiera de sus divisiones, antes de la 1° mitad del torneo correspondiente, los juegos disputados serán nulos. Si un equipo se retira de un torneo programado a 2 o más ruedas en cualquiera de sus divisiones en la 1º mitad del torneo los juegos diputados serán nulos, si esto ocurre en la 2º mitad del mismo los partidos no disputados quedaran con resultados 7 0 o a favor del rival
Art. 54: Si un equipo se retira en el transcurso de 1 (uno) encuentro sin causa justificada, se considerará FOR-FAIT, debiendo abonar el arancel fijado para el mismo y correspondiéndole 0 (cero) puntos en el torneo que disputa.
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10 – JUEGOS CONFISCADOS
Art. 55: Si a la hora de inicio de un partido de cualquier categoría y división, uno o ambos de los equipos no se encuentra en condiciones de empezar a jugar, podrá solicitar una espera de treinta (30) minutos.
Esta circunstancia deberá ser asentada en la planilla de juego, con la firma del árbitro y del técnico solicitante.
Este pedido de espera sufrirá una multa de “el valor de un arbitraje de esa categoría” que deberá abonarse dentro de los 15 (quince) minutos de producido el pedido de espera al árbitro presente.
El árbitro recibirá el 50% y A.S.B.A. recibirá el otro 50%.
Cumplidos los treinta (30) minutos, si el partido no puede iniciarse corresponderá forfait al equipo que haya solicitado la espera. En este caso el forfait será arancelado o administrativo según sea el caso.
Se estipula que el forfait arancelado es el que no se juega, el resto será forfait administrativo, en ambos casos el puntaje será 0 (cero).
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11 – DE LOS FICHAJES
Art. 56: Se deberá fichar y/o habilitar un jugador el lunes previo al juego para, recién después, poder jugar, presentando la documentación solicitada y abonando el arancel correspondiente tanto de fichaje como del seguro extensión de póliza (de haberlo). Cualquier equipo en cualquier categoría que presente un jugador sin haber sido fichado con anticipación, será declarado forfait arancelado al equipo infractor a excepción de que sea fichado el lunes siguiente y presentada la extensión del seguro y el pago del fichaje.
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12 – DE LOS CASOS NO PREVISTOS
Art. 57: Los casos no previstos por este Reglamento serán resueltos por el Reglamento FIS 2010/2013, llegado el caso que no se encuadre la situación dentro de dicho reglamento será resuelto por la C.D. de la A.S.B.A y el Director de campeonatos correspondiente según a la categoría que representa.
Art. 58: Este Reglamento de Campeonato permanecerá en vigencia desde el 1º de enero al 31 de diciembre del 2012
Nota: todos los equipos que participen de la A.S.B.A. se entenderá que conocen el reglamento de campeonato vigente.






